
Esta guía explica lo que necesita saber un gerente o un administrador de fincas de la zona sur de València antes de rescindir el contrato: qué personal se subroga, qué papeles tiene que entregar la empresa saliente, qué plazos hay y cómo evitar que el cambio se convierta en un mes sin nadie limpiando.
Quién se subroga y quién no
- Se subroga: personal con más de cuatro meses de antigüedad en tu centro, incluidas las personas en baja, excedencia o vacaciones
- Se subroga en proporción: quien trabaja en varios centros pasa solo por las horas de tu centro
- No se subroga: personal con menos de cuatro meses, salvo que sustituya a alguien que sí tenga esa antigüedad
- No se subroga: el supervisor o encargado de la empresa saliente que no está adscrito a tu centro
Qué documentación tiene que entregar la empresa saliente
El convenio marca la lista: certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, relación del personal afectado con antigüedad, tipo de contrato, jornada y horario, copia de los contratos, últimas nóminas y recibos de cotización, y el estado de las vacaciones. Con esa documentación la nueva empresa da de alta al personal desde el primer día de servicio. Si la saliente no la entrega o la entrega mal, la responsabilidad recae en ella, no en ti ni en la entrante.
Plazos que conviene respetar
Avisa a tu empresa actual con el preaviso del contrato (30 días es lo habitual) y comunícalo por escrito. La empresa saliente tiene unos días desde que conoce el cambio para entregar la documentación a la entrante. Si lo haces con un mes de margen, el primer día de la nueva empresa la misma persona entra a tu local con su alta hecha y sin interrupción. Si avisas con una semana, hay riesgo de que ese mes lo pases sin servicio o con personal de refuerzo.
Qué cambia para ti y qué no
Cambia la empresa: quien supervisa, quien factura, quien responde cuando algo falla, la maquinaria y los productos. No cambia la persona que limpia ni sus horas, salvo que tú decidas cambiar el servicio (más horas, otro horario), y entonces se negocia con la nueva empresa. El error más frecuente es pensar que "con la nueva empresa vendrá otra persona": si la actual lleva más de cuatro meses, seguirá siendo ella. Si el problema es esa persona, se habla con la empresa nueva desde el principio para reorganizar.
Cómo hacemos el cambio en naves y comunidades
Recibimos la documentación de la saliente, revisamos que cuadre con lo que nos has contado (horas, días, antigüedad), damos de alta al personal el primer día y el supervisor acompaña la primera semana para explicar nuestro sistema de partes y las máquinas nuevas. En polígonos como Vara de Quart o La Torre aprovechamos ese primer mes para hacer una limpieza a fondo con barredora y fregadora que suele llevar tiempo pendiente.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar de empresa de limpieza sin quedarme con el personal?
No, si la persona lleva más de cuatro meses en tu centro y el servicio continúa: la nueva empresa está obligada a subrogarla. Lo que sí puedes hacer es reducir o reorganizar el servicio con la nueva empresa, o, si has decidido dejar de tener limpieza externa, ahí no hay subrogación porque no hay empresa entrante.
¿Qué pasa si la empresa antigua no entrega los papeles de la subrogación?
El convenio dice que la responsabilidad de esa falta es de la empresa saliente, que sigue siendo empleadora del personal hasta que cumpla. La entrante puede reclamar la documentación y, mientras tanto, prestar el servicio con personal propio. Como cliente, guarda por escrito el preaviso y la fecha de comunicación.
¿La subrogación aplica en comunidades de propietarios?
Sí. Una comunidad que cambia de empresa de limpieza subroga a la persona que limpia el portal y la escalera si lleva más de cuatro meses. El administrador de fincas suele gestionar el preaviso y la documentación; nosotros nos coordinamos con él para que no haya semana sin servicio.
¿Y si la persona subrogada no me gusta cómo trabaja?
Díselo a la nueva empresa desde la primera semana. La empresa nueva puede formarla, supervisarla más de cerca, cambiar la organización del trabajo o, si hay causas, actuar como con cualquier trabajador de su plantilla. Lo que no puede es dejarla fuera de la subrogación por preferencia del cliente.
¿La subrogación me obliga a mantener las mismas horas?
No. Las horas del contrato las decides tú con la empresa nueva. Si reduces el servicio, la empresa entrante subroga las horas que quedan y la reducción se gestiona con el trabajador según la ley. Si amplías, la empresa decide si esa persona amplía jornada o entra otra.
¿Cuánto tarda el cambio de empresa desde que aviso?
Con 30 días de preaviso, el cambio es de un día para otro: el viernes limpia con la saliente y el lunes con la entrante, la misma persona. Con menos margen, cuenta con una o dos semanas de ajuste.